Buenos días
compañer@s,
A continuación os recordamos el Artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores punto 4 c)
"Así mismo, el comité de empresa tendrá derecho a recibir la copia básica de los contratos y la notificación de las prórrogas y el de las denuncias correspondientes a los mismos en el plazo de diez días siguientes a que tuvieran lugar."
Ayer 12/06/2012 se mantuvo una reunión en las oficinas de Alten en Valladolid con un inspector de trabajo, el director de Alten norte y una representación del Comité en supervisión de la diligencia
abierta por Inspección de Trabajo a fecha 13/02/2012.
Os informamos de que la empresa desde dicha última inspección no ha notificado al Comité las nuevas contrataciones, lo que imposibilita que el Comité sepa de la existencia de los trabajadores contratados directamente para trabajar en cliente e imposibilita que el comité se pueda comunicar con ellos y defender sus derechos. Este incumplimiento tambien imposibilita que el Comité vele por la legalidad de las condiciones de los nuevos contratos.
El comité ha solicitado nuevamente que la empresa entre en una dinámica de cumplimiento del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores sin que tenga que mediar constantemente la Inspección o insistir el Comité en que debe cumplir dicho artículo, cosa que este Comité viene haciendo por escrito sin obtener ni siquiera respuesta de la empresa.
Esperamos que la empresa en esta segunda oportunidad que se le da, opte por tomar la senda de la legalidad por el bien de todos.
Un saludo,
El Comité